- ¿Cómo solicitar información?

PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA INFORMACIÓN

  1. La Solicitud puede ser verbal, escrita o vía electrónica que deberá formular el interesado.
  2. La solicitud realizada a través de una boleta tendrá el propósito de facilitar la identificación de la información.
  3. La solicitud se identificara con un número que colocara al momento de presentarse.
  4. La boleta de solicitud contendrá los siguientes datos:
    • Identificación a quien se dirige.
    • Identificación del solicitante.
    • Identificación clara y precisa de la información solicitada.
    • Numero de solicitud.
    • Tipo de información.

El acceso a la información pública será gratuito, para efectos de análisis y consulta en las oficinas del sujeto obligado. Si el interesado solicita la obtención de copias, reproducciones escritas o por medios electrónicos, se hará de conformidad con lo establecido en la presente ley.

Sólo se cobrarán los gastos de reproducción de la información. La reproducción de la información habilitará al Estado a realizar el cobro por un monto que en ningún caso será superior a los costos del mercado y que no podrán exceder de los costos necesarios para la reproducción de la información.

Los sujetos obligados deberán esforzarse por reducir al máximo, los costos de la entrega de información, permitiendo la consulta directa de la misma o que el particular entregue los materiales para su reproducción; cuando no se aporten dichos materiales se cobrara el valor de los mismos.

La persona responsable de la Unidad de Información que reciba la solicitud no podrá alegar incompetencia o falta de autorización para recibirla, debiendo obligadamente, bajo su responsabilidad, remitirla inmediatamente a quien corresponda. (UDAF, UIP, USE etc.)

La unidad de Información establecerá como vía de acceso los sistemas de Información Electrónico.  Bajo responsabilidad de la autoridad máxima garantizará que la información sea fidedigna y legitima.